España acaba con el anonimato en cajeros de criptomonedas y amplía el control de fondos

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España acaba con el anonimato en cajeros de criptomonedas y amplía el control de fondos

El Gobierno de España exigirá identificar a todos los usuarios de cajeros de criptomonedas en cualquier operación. La medida forma parte del Real Decreto 813/2026, publicado hoy en el BOE.

El cambio alcanza también a envíos de dinero, notarios y entidades sin ánimo de lucro.

El Real Decreto 813/2026 exige identificar a cada usuario de cajeros de criptomonedas en España, sin excepciones. Fuente: BOEEl Real Decreto 813/2026 exige identificar a cada usuario de cajeros de criptomonedas en España, sin excepciones. Fuente: BOE

¿Qué cambia en los cajeros de criptomonedas y envíos de dinero en España?

La identificación obligatoria exige comprobar la identidad del cliente antes de cada operación, sin umbral mínimo de exención. Hasta ahora, algunos canales podían aplicar exenciones por importe.

La comprobación fehaciente de identidad pasa a ser obligatoria en todas las operaciones de cajeros de criptoactivos. Lo mismo aplica a los envíos de dinero y a las transferencias.

La norma elimina cualquier umbral mínimo de exención y reduce el margen para operar en el anonimato.

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El Documento Nacional de Identidad digital queda reconocido como documento válido para personas de nacionalidad española. Además, los datos de identificación electrónica deberán conservarse durante diez años.

En el juego en línea, los operadores deberán verificar la titularidad del medio de pago. Ese medio debe coincidir con el titular de la cuenta de juego. Las plataformas tendrán seis meses para adaptar sus sistemas.

Durante ese periodo no se podrán retirar premios si la titularidad no está verificada. La medida busca estrechar el control sobre el flujo de fondos.

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 813/2026, de 7 de octubre, por el que se modifican diversos reales decretos en el ámbito del sector financiero para su adaptación al marco normativo vigente.

Esta norma afecta, entre otros, al ámbito del compliance y la prevención del…

— José Antonio Bravo Mateu (@jabravo) October 8, 2026

¿Quién más deberá identificar a sus clientes?

En el ámbito notarial desaparece la exención para actos sin contenido patrimonial. Así, la verificación de identidad será obligatoria en todas las operaciones ante notario.

Las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro con riesgo superior al medio deberán registrar a sus donantes y beneficiarios. Esa obligación aplica a operaciones superiores a 1,000 euros.

Estas organizaciones también deberán comprobar que sus directivos no tengan condenas por delitos patrimoniales, financieros o de financiación del terrorismo. Podrán pedir el certificado de antecedentes penales.

El Comité de Inteligencia Financiera asumirá la coordinación del Análisis Nacional de Riesgos. Ese análisis deberá actualizarse cada cuatro años como máximo.

Las pequeñas entidades obligadas tendrán nueve meses para comunicar a su representante. Ese grupo tiene menos de diez empleados y facturación inferior a 2 millones de euros. El nombramiento debe notificarse a las autoridades supervisoras.

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